ESTATUTO DE AUTONOMÍA DE LA RIOJA, aprobado por Ley Orgánica 3/1982, de 9 de junio (B.O.R. núm. 1, del 10), en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica 2/1.999, de 7 de enero (B.O.R. núm. 4 , del 9).
Título III
De la Administración y régimen jurídico
Capítulo II
De la Administración de Justicia
Artículo 42
"El Consejo Consultivo de La Rioja es el órgano consultivo superior de la Comunidad Autónoma de La Rioja. Su composición y funciones se regularán por Ley, la cual garantizará su imparcialidad e independencia".