INFORMACIÓN

Presentación

 
El Consejo Consultivo de La Rioja es el Órgano Consultivo Superior de la Comunidad Autónoma de La Rioja (CAR), goza de plena autonomía orgánica y funcional en garantía de su objetividad, imparcialidad e independencia y mantiene relaciones institucionales con los demás Altos Órganos Consultivos del Estado y de las Comunidades Autónomas.

 

Previsto en los primeros Proyectos de Estatuto de Autonomía, el Consejo Consultivo fue creado por la Ley 3/1995, de 8 de marzo. Actualmente, está contemplado en el art. 42 del Estatuto de Autonomía de La Rioja, en la redacción dada al mismo por la Ley Orgánica. 2/1999, de 7 de enero, y se encuentra regulado por la Ley 3/2001, de 31 de mayo, modificada por  las Leyes 4/2005, de 1 de junio. y 5/2008, de 23 de diciembre. Su Reglamento fue aprobado por Decreto 8/2002, de 24 de enero. Todas estas disposiciones pueden consultarse en la sección Normativa del Consejo en este espacio web.

 

Tiene su sede en Logroño y su misión primordial es velar por la observancia de la Constitución, del Estatuto de Autonomía de La Rioja y del resto del ordenamiento jurídico. Plasma su asistencia jurídica externa en la emisión por escrito de dictámenes fundados en Derecho sobre materias normativas, legislativas, de gobierno y administración pública.

 

Ningún otro órgano o entidad de la Comunidad Autónoma,  incluida la Administración local, corporativa o institucional, puede emplear la denominación de Consejo Consultivo.
Logotipo Consejo Consultivo de La Rioja